





















En la era digital, la salud también se transforma. El uso de aplicaciones móviles, algoritmos de inteligencia artificial y plataformas de monitoreo remoto se ha vuelto común en hospitales, clínicas y consultorios. Pero ¿qué ocurre cuando un software interviene directamente en el diagnóstico o tratamiento de una persona?
En México, esta situación está generando un debate técnico y regulatorio cada vez más urgente. En este artículo abordamos el concepto de software como dispositivo médico (SaMD), su situación actual ante COFEPRIS y el papel que deben asumir los ingenieros biomédicos ante esta nueva frontera de la tecnología en salud.
El término Software as a Medical Device (SaMD) hace referencia a un programa informático que cumple funciones médicas sin estar necesariamente integrado a un hardware específico.
La definición, promovida por organismos internacionales como el IMDRF y adoptada por autoridades como la FDA (EE.UU.) o la EMA (Unión Europea), establece que un SaMD debe tener al menos una de las siguientes funciones:
En México, la regulación del software médico todavía se encuentra en desarrollo. COFEPRIS no cuenta con una norma específica enfocada en SaMD, pero aplica la Ley General de Salud, el Reglamento de Insumos para la Salud y las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) existentes para dispositivos médicos, siempre que el software cumpla funciones médicas.
Aunque aún no existe una guía nacional específica, COFEPRIS puede considerar los criterios de riesgo utilizados en otros países para asignar una clase de dispositivo (I, II o III) al software.
| Nivel de riesgo | Ejemplo de SaMD | Clase probable |
|---|---|---|
| Bajo (informativo) | App para recordatorio de medicamentos | I |
| Medio (monitoreo) | Plataforma de control de glucosa | II |
| Alto (diagnóstico/terapia) | AI para interpretación de imagenología | III |
Entre mayor sea el riesgo para el paciente, mayor será la exigencia de documentación, validaciones y ensayos clínicos.
| País / Región | Regulación del SaMD | Enfoque |
|---|---|---|
| FDA (EE.UU.) | Sí | Software con funciones médicas se registra como dispositivo |
| MDR (UE) | Sí | Clasificación estricta según riesgo clínico |
| PMDA (Japón) | Sí | Evaluación técnica y clínica detallada |
| Health Canada | Sí | Regulado bajo las Medical Device Regulations |
| COFEPRIS (México) | En transición | Aplica regulaciones generales por ahora |
Si trabajas en startups, empresas de tecnología médica o investigación, debes entender cómo estructurar la documentación técnica y cumplir con validaciones clínicas y requisitos de calidad ISO 13485.
Como biomédico clínico o responsable de compras, debes verificar si los softwares que utiliza tu hospital cumplen con criterios regulatorios. Esto es clave en auditorías y acreditaciones.
Hay una creciente necesidad de biomédicos especializados en regulación de software médico. Este perfil es muy demandado por empresas que buscan introducir productos digitales al mercado.
El software en salud ha dejado de ser solo una herramienta complementaria para convertirse en una tecnología médica autónoma. COFEPRIS está comenzando a evaluar su impacto y, aunque aún no existe una regulación detallada, los ingenieros biomédicos deben anticiparse, formarse y liderar este cambio.
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